Así se recurre una multa en España
Moderador: Rufus
Así se recurre una multa en España
Estimado Sñor. Juez,
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco.
Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla,
por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la velocidad:
METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo;
si Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
Atentamente.
..............( ¡¡¡ Olé sus guevos !!!)
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco.
Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla,
por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la velocidad:
METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo;
si Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
Atentamente.
..............( ¡¡¡ Olé sus guevos !!!)
Socio nº 182 - CLUB VENOX-. Cuenca, maravilla del mundo.
Re: Así se recurre una multa en España
Ya lo habia leido....
....pero...mola muchoooooooooo rberto....ay que ver qué poquito tienes que hacer en el trabajo que cuelgas estas cosas






No sé si lo hago bien o mal, tan solo sé que lo hago lo mejor que sé
Re: Así se recurre una multa en España
es coña no?





- carloscamgr
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- Registrado: Mié Ene 16, 2008 3:44 pm
- Ubicación: Granada
Re: Así se recurre una multa en España
Pues no se si será coña o no , pero la contestación de un juez es facil.
Su usted tiene un carnet de conducir significa que se ha estudiado el codigo de la circulación y por tanto sabrá más que de sobra que ese número negro, sobre fondo blanco y metido en un circulo rojo siginifca prohibido circular a más de 70 Km/h.
Y debido a que usted confunde el tocino con la velocidad, el carnet se queda requizado, los 8 puntos los perdió por el camino, y los 600 € serviran para tapar dos ollos en la carretera en cuestión.
Gracias por las conversiones y formulaciones del movimiento, y digo visto para sentencia.
Un salu2

Su usted tiene un carnet de conducir significa que se ha estudiado el codigo de la circulación y por tanto sabrá más que de sobra que ese número negro, sobre fondo blanco y metido en un circulo rojo siginifca prohibido circular a más de 70 Km/h.
Y debido a que usted confunde el tocino con la velocidad, el carnet se queda requizado, los 8 puntos los perdió por el camino, y los 600 € serviran para tapar dos ollos en la carretera en cuestión.
Gracias por las conversiones y formulaciones del movimiento, y digo visto para sentencia.
Un salu2




Re: Así se recurre una multa en España



Alguien me lo puede aclarar??? Por que de ser cierto...

Re: Así se recurre una multa en España
Vete tú a saber. Como decía el torero Juan Belmonte... hay gente pa tó !!Lagartija escribió::..... e esto cierto???
Alguien me lo puede aclarar??? Por que de ser cierto...
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